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La normativa, publicada ayer en el Boletín Oficial, elimina el impuesto referido al derecho intelectual de artistas; el impacto que tendrá en el sector.

Los salones de fiesta, hoteles, bares y restaurantes ya no deberán pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic) por pasar música en fiestas privadas. Así lo dispuso el Gobierno a través del Decreto 765/2024, publicado ayer en el Boletín Oficial, que establece una serie de modificaciones a la ley de propiedad intelectual.

“Se entiende por representación o ejecución pública aquella que se efectúe -cualquiera que fueren los fines de la misma- en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”, sostiene el decreto. De esta manera, para la ley el ámbito privado queda excluido.

En consecuencia, “se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó el motivo de la actualización de la normativa: “La confusión había provocado el absurdo de que se cobraran derechos por la mera existencia de televisores en la habitación de un hotel (aun si el cuarto estaba vacío), lo que encareció significativamente la prestación de los servicios”.

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