Se le ordenó conectar el abastecimiento de energía eléctrica a una vecina de Las Rosas, tras reconocer el acceso a la electricidad como un derecho fundamental. Establece un precedente en defensa de los usuarios de servicios públicos.
En un fallo reciente, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Cañada de Gómez resolvió un recurso de amparo a favor de una vecina de Las Rosas, quien había solicitado a la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe (EPE) la conexión eléctrica para su propiedad. Gracias al trabajo de su equipo legal comprometido, la justicia reconoció el acceso al servicio eléctrico como un derecho fundamental.
El conflicto se originó cuando la vecina intentó obtener el servicio eléctrico en su terreno y EPE le negó el suministro, argumentando que el lote formaba parte de un desarrollo inmobiliario, lo que impondría la conexión inicial al loteador. Sin embargo, los abogados demostraron que no existía tal loteo formal, de acuerdo con informes de la Municipalidad de Las Rosas, y que otros lotes en la misma zona ya contaban con electricidad.
Este fallo establece un precedente en defensa de los derechos de los usuarios de servicios públicos y resalta la importancia de la labor profesional de los asesores legales Dres. Daniel Córdoba y Ulises Bonetto, quienes aportaron pruebas y argumentos sólidos. La resolución ordena a EPE conectar el servicio, señalando que la negativa vulneraba derechos fundamentales, y si bien a nivel nacional, no existe legislación unívoca que defina y regule los servicios públicos, el art. 1 de la Ley 24065, “concibe a la energía eléctrica como un servicio público y refiere a la protección del usuario y del consumidor, por lo que estamos frente a un servicio público esencial, importante para el desarrollo social y el ejercicio de una vida digna.”
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