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Ya no se aceptan las recetas por WhatsApp.

La pandemia acercó el proceso de digitalización a personas de todas las edades y la telemedicina fue un nuevo recurso que llegó para quedarse. Frente a las restricciones de movilidad, aquellos pacientes con tratamientos prolongados o con dificultad para trasladarse, fueron autorizados a reenviar las fotos de las recetas de papel para comprar medicamentos. Este cambio positivo que facilitó el acceso a los fármacos para miles de pacientes, fue avalado en abril de 2020 por la resolución 696/20 del Ministerio de Salud de la Nación.

¿Qué son las recetas digitales y/o electrónicas y cómo se utilizan?

La receta digital y/o electrónica es un documento de carácter sanitario, confeccionado y firmado por una o un profesional de la salud con firma electrónica, mediante el cual se prescribe a una o un paciente medicamentos o cualquier otra práctica o prestación que requiere de receta.

Cualquier farmacia, servicios de farmacia de los establecimientos de salud, y establecimientos de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos en cualquier formato de receta vigente, ya sea en papel o digital y/o electrónica.

La Ley 27.553 y su reglamentación aplican tanto para las recetas o prescripciones electrónicas o digitales médicas y odontológicas, o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir.

Las recetas digitales y/o electrónicas deben:

– Ser únicas (tener un identificador unívoco que une profesional, medicamento y paciente), inalterables y seguras.
– Garantizar la confidencialidad de los datos y los sistemas progresivamente interoperables (para poder intercambiar información con fines sanitarios).
– Tener un contenido acorde con lo determinado por las leyes de ejercicio profesional y la prescripción por denominación genérica. (Ley 25.649)
– Contar con una vigencia de 30 días para la prescripción de medicamentos y 60 para otras prescripciones, salvo disposición en contrario. Pudiendo realizarse recetas para tratamientos crónicos.
– Ajustarse a las reglamentaciones necesarias, para permitir la implementación de las recetas digitales y/o electrónicas en el sistema sanitario argentino y para el cumplimiento de la ley de derecho de pacientes y de protección de datos personales. (Ley 26.529 y 25.326)

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