Para que tenga validez en Santa Fe la provincia debe adherir. Desde Estrellas Amarillas Las Rosas se refirió Liliana Trombetoni.
Abril trajo dos grandes novedades viales que todo conductor debe conocer.
En primer lugar, el Senado convirtió en ley el proyecto de alcohol cero al volante para rutas nacionales.
Actualmente el artículo 48 de la Ley Nacional de Tránsito (24.449) establece que: “Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre. Para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al transporte de pasajeros de menores y de carga, queda prohibido hacerlo cualquiera sea la concentración por litro de sangre”.
La modificación trae consigo un criterio único y establece que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre”.
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